Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se deriva de la aplicación del Decreto 1382/00
- Competencia del Tribunal Superior Sala Penal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Bucaramanga – Sala Penal – y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Barrancabermeja.
Revisadas las argumentaciones presentadas por las autoridades judiciales involucradas en el caso, concluyó la Sala Plena que en el mismo no se presentó ni siquiera de forma aparente un conflicto negativo de competencias, en tanto el Tribunal mencionado tomó las directrices contenidas en el Decreto 1382 de 2000 para declararse incompetente y no realizar un pronunciamiento de fondo, con lo cual aplicó una regla de reparto que no desplazaba su competencia, afectando con ello los derechos fundamentales del peticionario Se dirime la controversia con la remisión del expediente a dicha Corporación, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 13 de enero de 2017 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, dentro de la acción de tutela formulada por Miguel y Magdalena, en representación de los niños Catalina y Rafael, contra el Fiscal General de la Nación, el Juez
- Cuarto. Penal Municipal de Conocimiento de Barrancabermeja, la Dirección Seccional de Fiscalías del Magdalena Medio y la Fiscalía Local delegada ante los jueces Penales Municipales de Barrancabermeja.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2841, que contiene la acción de tutela presentada por Miguel y Magdalena, en representación de los niños Catalina y Rafael, a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Conocimiento de Barrancabermeja, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.